Los que participaron de la formación de la sociedad.
Los Socios honorarios constituyen una categoría honorífica y están exentos de pago de cuotas y de asistir a las sesiones de la Corporación. Tienen el derecho de concurrir a las diversas actividades científicas y académicas de la sociedad con derecho a voz.
Profesionales universitarios que hayan demostrado trabajo y dedicación por los objetivos de esta corporación, que presenten una solicitud y sean aceptados por el directorio.
Profesionales de colaboración médica que se interesen por participar en las actividades científicas de la Sociedad y sean aceptados por el Directorio. Podrán asistir a las distintas reuniones de la sociedad sólo con derecho a voz. En su calidad de tales no pesa obligación alguna sobre ellos.
Se requiere cumplir con tres requisitos, con los cuales se espera la resolución del directorio:
Datos de transferencia:
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